En caso de incendios en edificios de gran altura, los ascensores contra incendios pueden ahorrar la fuerza física de los bomberos y permitirles acercarse rápidamente al lugar del incendio;
En caso de incendio en edificios subterráneos, debido a las limitaciones de los equipos actuales, el peligro de ingresar al subsuelo a través de las escaleras es mayor que en el edificio de planta baja, para minimizar el tiempo de llegada al lugar del incendio.
La instalación de ascensores contra incendios facilita la lucha contra incendios y crea condiciones favorables para el rescate. Hoy compartimos información relevante sobre la instalación de ascensores contra incendios.
I. Lugar de establecimiento
1. Edificios residenciales con una altura de construcción superior a 33 m. 2.
2. Edificio público de gran altura. (No se puede colocar un podio).
3. Edificios públicos de gran altura de segunda categoría con una altura superior a 32 m. (No se puede colocar podio).
4. 5 pisos o más y una superficie total construida de más de 3.000 metros cuadrados (incluidos otros edificios ubicados en el quinto piso y superiores) de centros de atención para personas mayores.
5. Subterráneo o semisótano del edificio donde se instalen los ascensores contra incendios.
6. edificios (locales) subterráneos o semisótanos con una profundidad de más de 10 metros y una superficie total construida de más de 3.000 metros cuadrados.
7. En edificios de gran altura (almacenes) y si se instala un ascensor, cada subdistrito de protección contra incendios puede instalar un ascensor, pero de acuerdo con las siguientes condiciones, el edificio no puede instalar un ascensor:
(1) La altura del edificio es mayor de 32 m y se instala un ascensor, el número de personas en cualquier nivel de la plataforma de trabajo no excede las 2 personas de la torre de gran altura.
(2) La altura del edificio local es mayor a 32 m, y el área del piso de cada piso de la parte parcialmente elevada no es mayor a 50 metros cuadrados de los edificios de fábrica de categorías D y E.
8. Además de la prohibición de acceso interior para vehículos y de la prohibición de estancias de personal en el garaje mecánico, se debe instalar un ascensor contra incendios en edificios con una altura superior a 32 m. La instalación del ascensor contra incendios debe cumplir con las disposiciones pertinentes del Reglamento de Edificación.
II. Requisitos de instalación
1. El ascensor de pasajeros o el ascensor de carga que cumple con los requisitos del ascensor contra incendios se puede utilizar como ascensor contra incendios.
2. Los ascensores contra incendios se instalarán en diferentes zonas de protección contra incendios, y cada zona de protección contra incendios no deberá ser inferior a 1. 3.
3. Salvo los montacargas instalados en el pasillo del almacén, la sala de almacenamiento frigorífico o la torre de trabajo del silo de grano, los montacargas deberán contar con una sala frontal y cumplir con las siguientes disposiciones:
(1) La habitación delantera debe estar adosada a la pared exterior y debe dar acceso directo al exterior del primer piso o a través de un pasillo de longitud no superior a 30 m al exterior.
(2) El uso del área de la antesala no debe ser inferior a 6,0 metros cuadrados, el lado corto de la antesala no debe ser inferior a 2,4 m; y las escaleras a prueba de humo compartidas con la antesala, el uso del área debe estar en línea con la especificación.
Las escaleras a prueba de humo y las salas de ascensores contra incendios frente al uso compartido del área de la sala delantera compartida: edificios públicos, fábricas de gran altura (almacenes), no deben tener menos de 10,0 metros cuadrados; los edificios residenciales, no deben tener menos de 6,0 metros cuadrados.
La habitación delantera compartida o la habitación delantera del hueco de la escalera a prueba de humo de los edificios residenciales no deben compartirse con la habitación delantera del ascensor de incendios; la habitación delantera compartida de la escalera y la habitación delantera del ascensor de incendios, el uso del área de la habitación delantera compartida no debe ser inferior a 12,0 metros cuadrados y el lado corto no debe ser inferior a 2,4 m.
(3) Además de las entradas y salidas de la habitación delantera, la salida de suministro de aire a presión positiva instalada en la habitación delantera y la puerta de la casa estipulada en la especificación, no se deben abrir otras puertas, ventanas o aberturas en la habitación delantera.
(4) La puerta de la sala del frente o de la sala compartida deberá ser una puerta cortafuegos de clase B y no se deberá proporcionar ninguna persiana enrollable.
4. Se deberá disponer un tabique ignífugo con un límite de resistencia al fuego no inferior a 2,00 h entre los huecos de ascensor y las salas de máquinas contra incendios y los huecos de ascensor y las salas de máquinas adyacentes, y las puertas del tabique deberán ser puertas ignífugas de clase A.
5. Se instalarán desagües en el fondo del pozo del ascensor de bomberos. La capacidad del pozo no será inferior a 2 m³ y la capacidad de la bomba de drenaje no será inferior a 10 l/s. Es recomendable instalar un sistema de bloqueo de agua en la entrada de la sala principal del ascensor de bomberos.
6. El ascensor contra incendios deberá cumplir con las siguientes disposiciones: (1) Deberá poder detenerse en cada planta. (2) La capacidad de carga del ascensor no deberá ser inferior a 800 kg. (3) El tiempo de recorrido del ascensor desde la primera planta hasta la última planta no deberá superar los 60 s. (4) Los cables de alimentación y control, así como los paneles de control del ascensor, deberán ser impermeables. (5) Los botones de operación para bomberos deberán instalarse en la entrada del ascensor contra incendios en la primera planta. (6) La decoración interior de la cabina del ascensor deberá ser de materiales incombustibles. (7) El interior de la cabina del ascensor deberá estar equipado con un intercomunicador especial para incendios.
Hora de publicación: 12 de marzo de 2024